En estos difíciles días sois muchos los que nos preguntáis sobre los trámites necesarios para solicitar el paro sin deber salir de casa y con los Organismos Públicos cerrados en su atención al cliente de manera presencial.
En primer lugar debemos ser conscientes de que si el motivo de acceso al desempleo es debido a un ERTE es la propia empresa la que tiene obligación de comunicarlo. Mantén la calma, el SEPE se pondrá en contacto contigo.
Por el contrario, si el motivo de acceso al desempleo es por despido u otra causa (por ejemplo cese contrato por obra) entonces debes tramitar tú mismo el acceso al desempleo. Como actualmente las oficinas del SEPE están cerradas este trámite se tiene que hacer telemáticamente.
Los siguientes puntos están vinculados con la parte específica de la página del SEPE para que os resulte más sencillo el trámite:
- Si dispones de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puedes:
- Si no dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puedes:
- Enviar este formulario Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo.
- Solicitar cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE indicando tu correo electrónico.
Para más información te dejamos la página web del Servicio Público de Empleo Estatal: http://sepe.es/HomeSepe/COVID-19.html
Por otro lado, hay una cuestión que inquieta a muchos clientes que ya han contrataron nuestros servicios:
¿Los plazos en caso de despido anterior al Real Decreto se han paralizado?
Para los despidos anteriores al Real Decreto, en Aydesa Abogados, consideramos que los plazos NO están paralizados. Al no poder celebrarse las conciliaciones están se darán como “celebrada sin efecto”.
Para aquellos despidos realizados con posterioridad al 14 de marzo opinamos que están suspendidos.
Como siempre en Aydesa Abogados estamos a vuestra disposición para cualquier deda.