Son muchos los clientes que confían en Aydesa Abogados para tramitar un proceso sucesorio. Así que con frecuencia nos enfrentamos a una montaña de dudas y preguntas, que aunque para un jurista no son complicadas, hemos detectado que generan intranquilidad para las personas que no son doctas en la materia.
Nos hemos propuesto en este artículo explicar cómo se divide una herencia de una manera fácil y sencilla. Porque el grado máximo de sofisticación es la simplicidad, pero no es lo mismo ser simple por no haber ido que serlo tras volver, y es que una vuelta de 360º no deja las cosas igual que antes de partir. Aprovechaos de que Aydesa Abogados ha ido y vuelto muchas veces y entender de manera definitiva cómo se divide una herencia.
Aunque en España existen determinadas Comunidades Autónomas que se rigen por fueros que contienen una Ley diferente en estas materias, al tener nuestro despacho de abogados en Majadahonda vamos a atenernos a la generalidad haciéndonos eco del articulado del Código Civil.
Según éste, el total de la masa hereditaria se divide por disposición legal en tres tercios: la ‘legítima‘, la ‘mejora‘y el ‘tercio de libre disposición‘.
- La legítima estricta es la parte de los bienes, de la cual el testador no puede disponer libremente por haberla reservado la ley a determinados herederos. Éstos son los llamados herederos forzosos. Para que un heredero forzoso no reciba su parte correspondiente debe abrirse un proceso de desheredación.
- Por su parte, el tercio de ‘mejora‘ si puede emplearse para favorecer en especial a alguno o algunos de los herederos forzosos y si no se dispone sobre él expresamente en el testamento, se entiende que incrementa la cuantía de la legítima.
- Con el tercio de libre disposición el testador podrá hacer lo que considere más conveniente a su libre albedrio.
Así pues, la herencia no deja de ser una tarta que se distribuye según el siguiente gráfico.