La nueva ley de autónomos entrará en vigor hoy tras ser publicada en BOE (Ver ley), aunque el grueso de las medidas no lo harán hasta enero. De momento, desde hoy los autónomos podrán cobrar el 100% de pensión y seguir trabajando si tienen al menos un empleado a su cargo. También desde hoy se reconoce el accidente «in itinere» (ida y vuelta al trabajo).
En 2018 serán diez las medidas que comiencen a aplicarse, entre ellas la ampliación de la tarifa plana de 50 euros, que pasa de seis meses a doce para nuevos trabajadores o para aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. Además, los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización en función de sus ingresos y darse tres veces de alta y baja en el año.
La norma, que recoge la mayoría de las propuestas de ATA, reduce al 10% los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social y pone en marcha una deducción del 30% en los gastos de suministro, como agua, luz y teléfono, siempre que se trabaje desde casa. Habrá también una deducción de 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida cuando afecta a la actividad en España. En el extranjero esta cantidad aumenta hasta 48 euros. La ley extiende las bonificaciones del 100% de la base de cotización durante las bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogida y riesgo en el embarazo o lactancia, sin que haya que sustituirlo por otro trabajador.
A modo de resumen las medidas de la nueva ley de autónomos son:
Sueldo y jubilación
Desde hoy un autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tiene al menos un trabajador.
Tarifa plana de 50 euros
Llega hasta 12 meses para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. También podrán optar los emprendedores a pasados tres años desde que la disfrutaron si vuelven a emprender. Entra en vigor en enero.
Bonificaciones
Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden en enero hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros se bonifica al 50% y los últimos seis al 30%.
Gastos de comida
Podrán deducirse desde enero 26,67 euros diarios en el IRPF cuando afecta a la actividad en España. En el extranjero será de 48 euros. Habrá deducción del 30% de gastos de luz, agua y teléfono si trabaja desde casa.
Menos recargos
Se reducen del 20% al 10% los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social desde enero.
Altas y bajas
Solo tendrán que pagar desde el día que se den de alta o baja en el RETA, no todo el mes como ahora. En vigor en 2018.
Bases de cotización
Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización en función de sus intereses e ingresos. Entra en vigor en enero.
Pluriactividad
Se devolverá desde enero el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que lo tengan que solicitar.
Conciliación
Los autónomos que sean madres o padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento. Habrá una exención del 100% de la cuota de autónomos durante un años para el cuidado de menores o dependientes.
Accidentes en “in itinere”
Se reconoce desde hoy el accidente “in itinere” (de ida o de vuelta al puesto de trabajo) siempre que no coincida con su domicilio.
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